Autoridades y estudiantes de Facijup-ULA emitieron comunicado contra el TSJ

El presidente del Centro de Estudiantes de Facijup ULA, Daniel Briceño dieron lectura a este comunicado en rechazo a las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia

Comunicado…

Considerando que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia viene violando sistemáticamente nuestro texto constitucional desde el mes de Enero del año 2016, momento en que se verifica la toma de cargo de los nuevos Magistrados del máximo Tribunal Venezolano sin reunir los requisitos sustantivos de no militancia política, idoneidad profesional, entre otros, y a través de un procedimiento administrativo de nombramiento, que es inconstitucionalmente fugaz, y flagrado de irregularidades procedimentales esenciales de carácter invalidante que inciden sobre  la legitimidad de la decisión final. Consideramos que los Magistrados designados en ese pseudo-procedimiento, son Funcionarios de Hecho, y que cualquier sentencia que dicten, no tienen valor jurídico.

Considerando, que desde el Mes de Enero de 2016, el órgano rector del Poder Judicial Venezolano: el TSJ, fue configurado, políticamente, a través de funcionarios judiciales adeptos al madurismo con la finalidad de servir y proteger al Régimen.

Considerando, que el año 2016 la Sala Constitucional anuló inconstitucionalmente al Poder Público Legislativo, que resulta ser el principal depositario de la soberanía nacional a través de una democracia representativa por medio de sentencias de rango sub-legal, que implican una evidente mutación constitucional; mutación, que representa una inconstitucional reforma jurisdiccional de la Constitución vigente.

Considerando, que nuestra Sala Constitucional suprimió la posibilidad de que los sectores políticos antagónicos de nuestra sociedad: MUD-PSUV, puedan medirse electoralmente a través de un Referéndum Revocatorio, o a través de elecciones para Gobernadores Y Alcaldes, mediante unas sentencias de inadmisibilidad de acciones de nulidad que permitan el nacimiento de un Juicio Contencioso que revise la legitimidad de las acciones del Poder Electoral, que abiertamente manifiesta simpatía con el Gobierno de Turno, colocando trabas ilegitimas que retrasan la celebración de los actos electorales, inconstitucionalmente, según los artículos 294 y 297 de la Constitución.

Considerando, que la Sala Constitucional autorizó inconstitucionalmente el nacimiento de un Juicio contra la Fiscal General de la República por únicamente cumplir con las competencias constitucionalmente atribuidas ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin respetar el procedimiento constitucional, y legalmente establecido para cumplir con esa finalidad de manera legitima; obviando el esencial e imprescindible pronunciamiento de la Asamblea Nacional con una mayoría parlamentaria de 112 Diputados, que representan la votación democrática necesaria para proceder en ese caso.

Considerando, que la Sala Constitucional declaró la ilegal inadmisibilidad de una acción de nulidad contra el Decreto Presidencial que inconstitucionalmente convoca a un asunto de especial trascendencia nacional como una Asamblea Nacional Constituyente, y que no fue convocada por el previo consentimiento del voto libre, universal, secreto y directo de los ciudadanos por medio de un Referéndum Consultivo, que siente las bases del Procedimiento Constituyente.

Considerando, que la Sala Constitucional, nuevamente, en un claro abuso de poder a través de los Magistrados, que inconstitucional, e ilegalmente fueron designados por la saliente Asamblea Nacional, sustraen, inconstitucionalmente, las atribuciones que el democrático Texto Constitucional de 1999 asigna al Ministerio Público como titular de la acción penal a la Defensoría del Pueblo, utilizando subrepticiamente el mecanismo de una sentencia que declara con lugar un Recurso de Interpretación.

Considerando, que la Sala Constitucional, usurpa las funciones de la Asamblea Nacional relacionados con la aprobación del Vice-Fiscal del Ministerio Público, que de conformidad con el artículo 25.3 corresponde a la Fiscal General de la República mediante un acto administrativo de su única competencia, para luego someterlo a la anuencia de la Asamblea Nacional como órgano contralor, mediante la mayoría absoluta de sus miembros; y además, que nombra de forma contraria a la Constitución a la Ciudadana Katheryne Nayarith Harrington Padrón en calidad de Vice-Fiscal de la República, no poseyendo ésta Sala Constitucional competencia constitucional, ni legal alguna, contradiciendo incluso, los requisitos sustantivos del artículo 26.4 de la Ley Orgánica del Ministerio  Público que ponen de manifiesto la necesidad de la solvencia moral de la aspirante a Vice-Fiscal; solvencia moral, que no posee por ser colocada en la lista de personas involucradas en actividades ilícitas relacionadas con el tráficos de estupefacientes en los Estados Unidos.

Siendo todo esto así, nosotros Estudiantes de Derecho, Autoridades de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas Y criminológicas de la Universidad de Los Andes, Abogados Demócratas y Defensores de la Legalidad y el Debido Proceso, y los miembros del Glorioso Movimiento Estudiantil declaramos:

Que la Sala Constitucional viene subvirtiendo el orden constitucional de modo despótico, y es necesario resolver el asunto de la legitimidad de los Magistrados Express para restaurar el orden constitucional conforme nos los ordena el artículo 333 Constitucional de nuestra Carta Política vigente. Que las decisiones judiciales provenientes de la Sala Constitucional en los casos anteriormente mencionados, aunque provienen, de la Sala más importante desde el punto de vista organizativo del TSJ, éstas no tienen ni un ápice de fundamentación jurídica, y que como consecuencia, surgiendo toda su nulidad, podemos considerar su legitimo desconocimiento, desconocimiento que acarrea una legitima desobediencia estatal, pero siempre amparada a los principios generales más elementales de una sociedad civilizada con talantes democráticos, por tal convocamos a toda la ciudadanía en general a invocar el articulo 350 y desconocer a este ente y a cualquier otro que este siendo cómplice de la Dictadura; la Sala Constitucional en lugar de ser el principal defensor de la vigencia de las reglas, los principios y los valores constitucionales, ésta promueve su desconocimiento de manera continua por parte de los funcionarios del Poder Ejecutivo, especialmente aquellos que conforman el Gobierno Nacional. Y que, ante todo, podemos afirmar, sin ninguna duda, que todas estás sentencias generan un clima de descontento en la sociedad, que exige el respeto al texto constitucional y al Estado de derecho, que se supone, busca a asegurar la gobernabilidad, y no el continuo irrespeto a las instituciones Republicanas con estos Golpes de Estado conferidos por parte del Poder Judicial.

Hoy 5 de julio, fecha donde conmemoramos el inicio de la independencia en nuestro país, tenemos la firme convicción de que, a 206 años de habernos librado del yugo español, los venezolanos estamos librando una nueva batalla por nuestra independencia que ganaremos, y esta batalla no es por librarnos del yugo español, si no del yugo de mismos venezolanos que olvidaron su patriotismo y tomaron como norte el comunismo que contraria los principios democráticos de nuestra República. Por esto desde el seno de la trinchera que ha dado miles de batallas por la defensa nuestra independencia a lo largo de 232 años como lo es la Escuela de Derecho de la gloriosa Universidad de los Andes, desde los Abogados que día a día salen a la calle a batallar y a defender la libertad y la justicia, y desde los Movimientos Estudiantiles que no cesan en la lucha por el Rescate de la Libertad y la Democracia, CONVOCAMOS a todo el pueblo venezolano a no abandonar las calles, y que desde las calles hagamos respetar nuestra Constitución que nos da el derecho de cambiar a un sistema político cuando este desconoce al pueblo que lo eligió.

¡Sigamos en la Lucha! QUE VIVA VENEZUELA.