El régimen se propone a eliminar el sufragio

Por: Juan Carlos Delgado Barrios*

¿Qué es el sufragio?: El artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, “establece que la soberanía reside en el pueblo quien la ejerce directa o indirectamente mediante el sufragio y que los órganos del Estado están sometidos a la soberanía popular y, en consecuencia, a la voluntad que mediante el sufragio sea expresada”. El artículo 63 constitucional: “el sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”. Veamos el porque de esta aclaratoria y su pertinencia en estas horas aciagas de la República.

El régimen ha ido perdiendo popularidad y, por ende, apoyo electoral, las cifras así lo demuestran en los análisis comparativos entre los  distintos resultados electorales. Ellos saben que por esa vía van a perder el poder, sobre todo, le temen a perder la mayoría en la Asamblea Nacional en las próximas elecciones parlamentarias del 2016. Recordemos que la actual conformación de la Asamblea Nacional  fue producto de una reforma amañada  de la Ley Orgánica de Procesos Electorales donde de manera ventajista impusieron una estructura de circuitos electorales que solo favorecían al régimen. 1.- Sobrerrepresentación de los estados menos poblados.2.- Modificación de las circunscripciones electorales.3.- Disminución del número de curules a asignar por voto lista respecto al número de curules a asignar por voto nominal. 4.- Se legaliza el sistema de las morochas.

Esta reforma de la LOPE permitió dar resultados ilógicos y violatorios de la verdadera voluntad popular. Veamos esta reseña: “Resultados Elecciones Parlamentarias 2010. La oposición obtuvo la mayoría del voto popular, mientras el oficialismo obtuvo la mayoría parlamentaria. Oposición 5.877.646Votos 51,88% Oficialismo 5.451.422 Votos 48,12%. Oposición 67 diputados, Oficialismo 98 diputados”. Si le añadimos a esta reseña los resultados de las elecciones municipales del 8 de diciembre, donde el oficialismo y la oposición apenas tienen una diferencia del 0.5% en la sumatoria de los votos nacionalmente pese a la grosera ventaja publicitaria y de recursos públicos que le impuso el régimen a estos comicios, la preocupación en las filas rojas se acrecienta hasta la desesperación.

De allí que estamos convencidos de  que dentro del régimen estén planeando nuevas reformas a la LOPE  y estrategias conducentes  frenar el impacto del crecimiento de los votos de la oposición en la elecciones parlamentarias del 2016, tal como lo hicieron en las reformas de dicha ley en la elecciones del 2010. En esa dirección el diputado Pedro Carreño en unas declaraciones ya advierte lo que viene: .-11/01/14.  El diputado a la Asamblea Nacional (AN) Pedro Carreño afirmó, vía telefónica a Últimas Noticias, que “como en 2014 no hay procesos electorales, pudiéramos aprovechar para presentar una reforma parcial de las leyes del Poder Electoral y de los Procesos Electorales.”

Estas declaraciones de Carreño se podrían tomar como opiniones alegres por la personalidad sectaria e irresponsable del diputado sino fuera porque son parte de una serie de declaraciones que se han dado en este sentido para ir abonando el terreno para imponer sus propósitos de modificar el sistema electoral a favor de los intereses del régimen, entre ellas, las palabras de Nicolás Maduro en el encuentro desarrollado en Miraflores con los parlamentarios de la Asamblea Nacional cuando expresó: “Debemos ir a un poder electoral comunal para ejercer la democracia más allá del formalismo y los carnavales burgueses electorales, es así cómo se puede ejercer la democracia en sociedades tan complejas, nosotros creemos que es a través de las comunas, ir al voto comunal.”

El Estado Comunal, a que se refiere Maduro, esta definido por las  leyes del poder popular que establecen que la existencia del poder popular deriva directamente de la denominada democracia participativa, mediante la cual la soberanía popular se ejerce directamente por el pueblo, y no mediante representantes, su escogencia no deriva del sufragio sino del voto comunal, o sea  de la voluntad de los ciudadanos convocados en asambleas. Ello viola de manera clara los artículos 5 y 63  de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y además debemos tener presente que las Comunas de acuerdo al artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Popular  se definen como:” La comuna, espacio socialista que como entidad local es definida por la  integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres que se reconocen en el territorio que ocupan………” Son las comunas espacios socialistas, cualquier decisión popular incorpora solo una visión política e ideológica, el socialismo, por tanto, es excluyente y negadora del pluralismo democrático que tiene como principio la misma Carta Magna en su Artículo 2.

Esta es una abierta declaratoria de la intención de, mediante las leyes del poder popular, sustituir cargos de representación popular que hasta ahora ejercen potestades públicas, de gestión de gobierno en entidades político-territoriales y parlamentarias, por miembros designados no electos popularmente mediante el sufragio tal como lo establece la Constitución Nacional, en otras palabras, se trata de sustituir la democracia representativa por democracia participativa, pasando de una elección de primer grado mediante el voto universal, directo y secreto a una elección de segundo grado con votaciones en asambleas, abiertas y sin secreto bajo los influjos de la presión de los comisarios políticos. Del voto libre al voto bajo coerción.  Esto representa una seria amenaza a los derechos políticos de los venezolanos ya que el régimen está en camino a la sustitución del sufragio por el voto comunal como vía de expresión de la soberanía popular para escoger a los representantes de la sociedad ante los órganos del poder público: Concejos Municipales, Legisladores Regionales y Diputados de la Asamblea Nacional, así como,  Alcaldes, Gobernadores y Presidente de la República

Estamos seguros que las reformas a la LOPE  a que se refiere Pedro Carreño en apoyo a la posición de Nicolás Maduro  buscan crear un sistema de elección  mixto,  derivado, por una parte, de un porcentaje minoritario del sufragio y, por la otra parte, un porcentaje mayoritario del voto comunal, por cierto, este voto comunal decidido en solo las comunas y los consejos comunales que el gobierne reconozca, y por ende, controle.  Lo que a todas luces es violatorio a la Constitución Nacional en lo referido a  los derechos políticos de los venezolanos.  Es necesario advertir, entonces, que  para imponer estas reformas a la LOPE es necesario reformar la Constitución  mediante un referéndum de reforma constitucional,  si no lo hicieren así estarían una vez más incurriendo en un fraude más a la Carta Magna.  Debemos estar alerta, máxime cuando estos mal llamados revolucionarios no se paran por nada, para ellos no existe ningún marco constitucional y  legal  que los detengan cuando se trata de imponer los intereses de la revolución.  Si nos descuidamos atendiendo los trapos rojos que pone el gobierno para distraernos ellos impondrán el modelo electoral cubano y así se quedaran eternamente en el poder mediante unas elecciones “democráticas y populares”

 *Profesor Titular (Jubilado) de la Universidad de Los Andes;  juancdula@yahoo.es