ODH-ULA solicita al Estado venezolano cesar aplicación sesgada de la justicia

El tribunal Contencioso Administrativo del estado Mérida tiene 40 días sin despacho por no tener juez, lo que evidencia la violación de los ciudadanos al acceso a la justicia.

Así lo plasmó el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) en un reciente informe que muestra que en Venezuela no hay derecho a la justicia, por lo que casos como ese, entre otros más, dejan ver la gravedad del asunto cuando los administrados de justicia no pueden acceder a la misma, vulnerando el Estado el principio de rango constitucional contenido en el artículo 26 de la Constitución nacional.

En Mérida, entre los años 2016 y 2018, el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo ha dictado 18 decisiones referidas a la ULA y 16 han sido violatorias de la autonomía universitaria, mientras que el juez ha señalado que la autonomía es un privilegio y que la universidad debe someterse al plan de la patria.

Tras realizar el informe de acceso a la justicia, el ODH-ULA solicitó al Estado venezolano cesar las prácticas de aplicación sesgada de la justicia, basadas en la discriminación por razones políticas.

De la misma manera solicitó dejar las practicas de aplicación de la justicia como mecanismo de criminalización y disidencia política y recordó que en agosto de 2017 fueron destituidos 25 fiscales provisorios del Ministerio Público del estado Mérida con hasta 25 años de servicio, por manifestar su desacuerdo con la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).

A pesar de que se han interpuestos recursos judiciales y administrativos pertinentes, a la fecha los casos de esos 25 fiscales no han sido atendidos por la justicia venezolana.

En ese sentido, el ODH-ULA recomendó al Estado garantizar el acceso a una justicia imparcial competente, autónoma e independiente para todos los ciudadanos sin distinciones en razones políticas, religiosas o de otra índole; organizar la realización de concursos de los cargos de la administración de justicia tal como lo establece la Constitución Nacional y además sancionar a jueces y funcionarios de justicia que realicen activismo político, en contravención al artículo 256 de la Carta Magna.

 No hay respuestas

Otros casos que muestran la vulneración del derecho al acceso a la justicia que lleva adelante el ODH-ULA evidencian la discriminación política que aplican los jueces.

Entre ellos se enumeran las situaciones de estudiantes señalados o detenidos arbitrariamente por manifestar públicamente su desacuerdo con el gobierno de turno.

Asimismo, la falta de respuesta a una veintena de denuncias introducidas por el ODH-ULA y a las solicitudes de respuestas ante la falla de los servicios públicos en la entidad, viola el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual hace referencia a la obligación que tiene el Estado en garantizar una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa, y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

El trabajo del ODH-ULA, en pro de la defensa de los derechos de los ciudadanos y en este caso de acceso a la justicia, obligó a la institución a dirigir dos comunicaciones ante la Juez Rectora, Carla Gardenia Araque Carrero, en las que se manifiesta la preocupación por la falta de acceso a la justicia en el Tribunal Contencioso Administrativo del estado Mérida.

Las misivas fueron recibidas en fecha 17 y 30 de julio y en las mismas el ODH-ULA solicitó coordinar con la celeridad que el caso amerita la designación de un Juez en dicho tribunal, previo a los procedimientos y mecanismos previstos en la Ley y a la fecha sólo prevalece el aviso donde se lee “no hay despacho” en la puerta del tribunal. (Prensa ODH-ULA)