Personal jubilado, pensionado y sobrevivientes de la ULA deben entregar documentación requerida para su permanencia en nómina

El Vicerrectorado Administrativo de la Universidad de los Andes, en atención al instructivo para estabilidad en nómina de jubilados, pensionados por incapacidad y sobrevivientes con pensión o ayudas económicas en esta casa de estudios vigente, participa al personal jubilado, pensionado por incapacidad y sobrevivientes con pensión o ayudas económicas de esta Institución, la obligatoriedad de dar cumplimiento a la entrega oportuna ante la administración universitaria de los documentos requeridos para su permanencia en nómina de pago.

Documentación requerida:

Jubilados y Pensionados:

Fe de Vida, en original y debidamente expedida por el organismo oficial competente en el ejercicio vigente o en su defecto, llenar la planilla de Constancia de Fe de Vida en presencia del funcionario autorizado de la dependencia de adscripción. Este documento deberá ser consignado ante la correspondiente dependencia de adscripción.

Importante: Este requisito no es necesario, ni exigible para el personal jubilado o pensionado que permanezca laborando en la institución. En este caso, la dependencia de adscripción se encargará de realizar la correspondiente notificación al departamento de Nómina de la Dirección de Finanzas a los fines de mantener en nómina al trabajador jubilado o pensionado.

 Sobrevivientes con Pensión y Ayudas Económicas:

  • Viuda(o): Fe de Vida y Constancia de Estado Civil, en original y debidamente expedidos por las instancias oficiales competentes en el ejercicio vigente.

 

  • Hijos Mayores de 18 años: Carta de Soltería y Constancia de Estudio, en original y debidamente expedidos por los organismos oficiales competentes en el ejercicio vigente.

 

  • Hijos Excepcionales: Fe de Vida e Informe Médico debidamente avalado por CAMIULA.
  • Esta documentación, según el caso, deberá ser consignada ante la Dirección de Asuntos Profesorales (DAP), por el Personal Docente y de Investigación o ante la Dirección de Personal por el Personal Administrativo y Obrero.

La fecha tope para consignar esta documentación es el 12 de febrero de 2015 y quienes no la entreguen oportunamente les será suspendida la pensión o ayuda económica a partir de la nómina correspondiente al mes de marzo 2015. Prensa Vicerrectorado Administrativo ULA. RDF / CNP: 6032