Pronunciamiento del CU-ULA sobre la ruptura del orden constitucional en Venezuela

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD DE LOS ANDES

CONSEJO UNIVERSITARIO

El Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, en su sesión extraordinaria número 4, de fecha 01 de abril de 2017, ante la ruptura del orden constitucional originado por la anulación, por parte de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del Acuerdo de la Asamblea Nacional sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA, como mecanismo de resolución pacífica de conflictos para restituir el orden constitucional en Venezuela, lo que constituye, como lo señala Allan Brewer Carías “una dictadura judicial conducida por el Tribunal Supremo de Justicia”,  toda vez que el TSJ, actuó y dictó sentencias arbitrarias, como las sentencias 155, del 27 de marzo de 2017, y 156 del 29 de marzo de 2017, en violación flagrante de la Constitución y las leyes, en  irrespeto absoluto a las forma procesales, constitucionales y legales, y violando todos los principios más elementales del derecho y del proceso;  en uso de las atribuciones legales que le confiere el numeral 20 del Artículo 26 de la Ley de Universidades, realiza el siguiente pronunciamiento: 

Considerando

Que Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Considerando

Que las Universidades son Instituciones  al servicio de la Nación  y a ellas corresponde  colaborar  en la orientación  de la vida del país  mediante su contribución  doctrinaria  en el esclarecimiento de los problemas nacionales.

Considerando

Que  la separación entre los Poderes Públicos y la conservación de su emancipación respecto del Poder Judicial,  son directrices fundamentales del Estado de Derecho.

Considerando

Que el artículo 1 de la Carta Democrática Interamericana establece que: “Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla.”

Considerando

Que el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana establece que: “Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos.”

Considerando

Que la sentencia emanada del TSJ  número  155 de fecha 27 de marzo de 2017, ocasiona una ruptura del orden constitucional,  calificado así por la Fiscal General de la República, y demuele el rango de la norma vigente  que posee la Carta  Democrática Interamericana, reconocida por la  República Bolivariana de  Venezuela.

Considerando

 Que la sentencia  del TSJ No. 156, del 29 de marzo de 2017,  con evidente exceso de sus competencias, impone limitaciones ilegitimas e inconstitucionales contra un poder legítimo  como lo es la Asamblea Nacional, atribuyéndole las funciones de esta al poder ejecutivo en una clara práctica de usurpación de poderes y funciones.

Considerando

Que aunque el TSJ, en fecha 31 de marzo de 2017 haya realizado unas “aclaratorias” de las sentencias número 155 y 156 por exhorto del Consejo de Defensa de la Nación, aunque este órgano por ser de carácter consultivo carece de competencia para ello, y haya dictado las sentencias 157 y 158 en las que se realizó una supresión ilegal de su contenido; tales “aclaratorias”, que constituyen realmente una reforma y revocación del contenido de las sentencias 155 y 156, no solucionan la grave situación del país al no reparar íntegramente los derechos de la ciudadanía, no restituyen los poderes y competencias de la Asamblea Nacional, ni respetan el principio de separación de poderes públicos.

Considerando

Que las decisiones  tomadas y “corregidas” son el clímax de un conjunto de más de medio centenar de medidas que, sistemáticamente, han venido socavando el estado de derecho, desde la instalación de la Soberana Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, minimizando el ejercicio democrático en la nación y convirtiéndose en un “golpe de estado continuado”.

Considerando

Que esta dictadura judicial, pretendida por el Tribunal Supremo de Justicia, es un paso más para consolidar un modelo de intervención de la vida institucional venezolana, a través de acciones del “poder judicial” en contra de instituciones como la Universidad de los Andes, la cual ha sido víctima de numerosas arbitrariedades y de un cerco permanente avalado por la inacción, omisión y complicidad del aparato judicial, así como también de los órganos de seguridad del estado Mérida, para investigar, condenar y sancionar los actos delincuenciales que los afectos al gobierno estatal producen.

Considerando

Que los países miembros del Mercosur han activado la cláusula Democrática debido a la profunda crisis que vive la República.

Acuerda

  • Exigir contundentemente el cumplimiento de la Carta Democrática Interamericana  en su art 3.  Incorporada a la Constitución Bolivariana en los artículos 19 y 23, para garantizar el orden democrático.
  • Demandar el respeto de los  derechos de los venezolanos consagrados en la  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de la Soberanía Popular, del Estado de Derecho y del Imperio de la Ley.
  • Rechazar  las  continuas decisiones de la Sala Constitucional  del Tribunal Supremo de Justicia, inversas a su papel  asegurador de la legalidad,  que quebrantan  la Democracia en el país.
  • Exigir al Ministerio Público  y a la Asamblea Nacional ejercer todas las acciones necesarias para determinar las responsabilidades a que dieren lugar las decisiones emanadas de los magistrados de la Sala Constitucional, que atentan contra los derechos de los ciudadanos de  la  República Bolivariana de Venezuela.
  •  Participar con  las fuerzas vivas de la Nación para dar a conocer, a través de vías democráticas, pacíficas y constitucionales, la grave crisis que atraviesa y padece la  República Venezolana.
  • Condenar los ataques perpetrados contra la  ciudadanía y contra la Universidad de los Andes,  por parte de órganos jurisdiccionales que no son garantes del derecho a la defensa, el debido proceso, ni de la tutela judicial efectiva.
  • Solicitar por las razones expuestas y por la gravedad de la violación constitucional planteada a los magistrados de la sala constitucional del Tribunal supremo de justicia su renuncia inmediata.
  • Exigir la libertad de todos los presos políticos que se encuentran detenidos por manifestar su desacuerdo y su rechazo a este gobierno

Dado, firmado y sellado, en el salón de sesiones del Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes, en la ciudad de Mérida, a los tres días del mes de abril del año dos mil diecisiete.