Protesta como derecho, la represión y paramilitarismo como respuesta

Por: Juan Carlos Delgado Barrios*

En Venezuela se ha ido profundizando la criminalización de las protestas, acallando la voz y el derecho de expresarse de los ciudadanos pese a que en la Constitución Nacional claramente establece una protección al derecho de actuar y opinar de manera disidente. El artículo 53 constitucional indica el derecho a reuniones con fines lícitos y sin armas. El 57, el derecho a expresar de viva voz y de cualquier forma nuestros pensamientos, ideas y opiniones. El 61 nos otorga el derecho a la libertad de conciencia y a ostentarla, salvo que afecte la personalidad o constituya delito. El 68, el derecho a la manifestación de manera pacífica y sin armas. El 97 garantiza a los trabajadores y trabajadoras del sector público y privado el derecho a huelga.

Sin embargo, luego que el régimen se declaro socialista, en su visión totalitaria y militarista, en el año 2003 comenzó un proceso de construcción de un marco legal paralelo y de desobediencia a la misma Carta Magna, entre ellas, para penalizar la protesta, en una primera etapa, en la propuesta de reforma constitucional del 2007 y después desde ese año en adelante desobedeciendo la voluntad popular que le dijo no a en el referéndum constitucional. Destacan la reforma del Código Penal en el 2005, según voceros del gobierno, para castigar a los empresarios y patrones que promovían la desestabilización democrática, castigar al dirigente que convoque a otros defender sus derechos (283), penalización por desobedecer las leyes en desmedro de los interés de la revolución (285), califica como asociación para delinquir a los que convoquen a acciones colectivas de protestas (286), fuerte castigo para los que cierren vías (357).

La Ley Orgánica de Seguridad y Defensa de la Nación es un instrumento legal con carácter militarista que restringe los espacios públicos para expresar el descontento de los ciudadanos, donde la declaratoria de zonas de seguridad es discrecional por parte del gobierno: la penalización de las protestas por perturbación del orden en las llamadas “zonas de seguridad”, estableciendo como las mismas la mayoría de los espacios usados tradicionalmente para exigir derechos, tales como las empresas básicas y de servicios, vías principales de tránsito así como las adyacencias de los ríos y playas.

A cualquier ciudadano que promueva o participe en una acción de calle que impida la circulación y transporte de alimentos o productos estratégicos para el desarrollo nacional. – que es el resultado de infinidad de protestas de los sectores populares reclamando vivienda, protestando por la inseguridad, los malos servicios públicos, el alto costo de la vida, -, puede ser castigado con prisión de 6 a 9 años con la aplicación de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios en su articulo 139. Castigo que se complementa con la Ley especial de Defensa Popular contra el Acaparamiento y el Boicot en sus artículos 20, 24 y 25, donde se definen estas protestas como amenazas a la paz social.

Las protestas han superado la capacidad judicial para sancionar a los manifestantes, cinco mil protestas promedio por año, sobre todo, en los últimos años donde el descontento se ha acrecentado derivado de la crisis aguda del modelo socialista que se ha traducido en ineficiencia, despilfarro, corrupción, ingobernabilidad, parálisis de la economía y perdida del control del orden publico (inseguridad). Ante esta ingobernabilidad manifiesta han apelado una represión desproporcionada a través de la fuerza de las armas de la república en manos de la FANB a quienes han convertido por la misma Ley de las Fuerzas Armadas en brazos armados de la revolución, recuerden que se han definido, socialistas, revolucionarias y chavistas. Su paradigma establece que todo aquel que proteste contra el régimen es enemigo de la revolución y del socialismo, de allí la saña con que actúan, las torturas, vejaciones y violaciones sexuales a los manifestantes (estudiantes) que este momento protestan en el país.

A esta parafernalia jurídica y de actuación inconstitucional de los cuerpos represivos le añadimos la presencia de cuerpos paramilitares y parapoliciales, que un principio se crearon para defender la revolución, pero que luego muchos miembros de esos colectivos han derivado grupos delincuenciales. En este sentido, no han disimulado la ecuación pueblo en armas o la revolución pacifica pero armada, en las últimas manifestaciones hemos visto la presencia abierta y con gran impunidad de estos grupos armados mediante movilizaciones en motocicletas que disparan indiscriminadamente, creando el terror, actuando en apoyo a la GNB y la policía en la represión de las manifestaciones. Una copia al carbón de las camisas pardas de Hitler y las camisas negras de Mussolini expresiones del fascismo del siglo XX. Lo más grave de la presencia de estas fuerzas paramilitares es la complacencia de los militares quienes pareciera que dejan a estos malandros rojos hacer el trabajo sucio.

*Profesor Titular, Jubilado, Universidad de Los Andes; email: juancdula@yahoo.es