Por: Eleazar Ontiveros Paolini…
El Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Profesor Universitario de la ULA, ha jugado un papel importante con su sistema de préstamos a bajo interés en la solución de problemas a que se ven sometidos los profesores y que no pueden resolver por otra vía.
Fonprula es, sin la menor duda, el Fondo de mayor estabilidad en cuanto a los de carácter universitario. Durante sus 17 años de funcionamiento ha cumplido, con base en un administración pulcra, los objetivos que le son obligantes, en un principio relacionados exclusivamente con la colaboración con el pago de pensiones y jubilaciones a lo que se adicionó a partir de 1910, el aporte al Instituto de previsión Social del Profesorado, para fortalecer sus programas de salud, en especial el HCM. Estos aportes se hacen con parte de las ganancias operativas: 10% a la ULA Y 50% al IPP.
Como el entendimiento es más claro cuando hay expresiones numéricas, digamos que el patrimonio de la Fundación llega a 1.035 millones de Bs.; que el monto de las inversiones en moneda extranjera es de 20 millones de dólares; que el saldo de los Portafolios es Moneda Nacional llega 757 millones de Bs.; y que el Portafolio de Préstamos los profesores indica que en el año que fenece se otorgaron 1.461 por un monto de 213 millones.
Ahora bien, y es nuestra preocupación, en años anteriores la Contraloría General de la Republica hizo auditoría al Fondo y si bien no detecto ninguna irregularidad administrativa, consideró que el Fondo debería pasar a la Superintendencia de Seguridad Social, desconociendo el hecho de que el mismo no está sujeto a la Ley de Seguridad Social, dada sentencia del TSJ en donde establece que las instituciones y organismos de funcionamiento autónomo tienen la potestad de darse su propio régimen previsional.
Hasta ahora no ha pasado nada, pero la preocupación estriba en lo siguiente: la Universidad, unilateralmente, introduce ante el TSJ recurso de nulidad con acción de amparo cautelar sobre lo planteado por la CGR, el cual fue desestimado. Con base a ello la Corte decide “…evidencia esta Corte de forma preliminar que las actividades que desarrollaba el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente de la Universidad de los Andes serán asumidas por el Estado Venezolano por lo cual, la supresión de dicho Fondo, prima facie, puede llevarse a cabo sin afectar los derechos de terceros, contrario a lo alegado por la parte recurrente”
La decisión es clara. Se pretende despojarnos de nuestro FONDO. Por tal razón debemos estar alertas. No podemos permitir que el miso desaparezca en el marasmo de la administración gubernamental, robándonos la posibilidad de seguir contando con una fuente destinada a la solución de nuestros problemas. Recordemos un proverbio africano que nos habla de la unión necesaria: “Cuando la manada permanece unida, el león se acuesta con hambre”