AVERU rechaza la violación del derecho constitucional del trabajo del personal universitario

La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios se dirige a la comunidad universitaria y opinión pública, para rechazar y denunciar, la violación del derecho constitucional al trabajo y a un salario suficiente del personal universitario para cubrir sus necesidades básicas, materiales, sociales e intelectuales, incumpliendo la Constitución, la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, así como los Convenios Colectivos celebrados por los legítimos gremios del sector universitario.
 
La vulneración de los derechos laborales del sector universitario, constituye un precedente de negación absoluta de sus derechos humanos fundamentales, ya que el Ejecutivo Nacional ha venido contraviniendo inclusive los acuerdos contenidos en las convenciones colectivas únicas (CCU) acordadas con las Federaciones o gremios afines a sus planes políticos y sociales, esta grave situación se confirma con la publicación por telegram del instructivo enviado por la OPP-PAF “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Publica, Convenciones Colectiva, Tablas Especiales y Empresas estratégicas” para la aplicación del incremento salarial Los derechos y beneficios laborales concertados en la IV CCU, vienen aplicándose desde el 01 de agosto de 2021, a pesar de su no homologación, el nuevo instructivo infringe las escalas salariales al modificar las interescalas del personal obrero ya que establece 7% de forma lineal, afectando la interescala del personal administrativo y en consecuencia del personal docente, pues la cláusula 67 de la IV CCU determina se inicie con el salario nacional para el obrero grado I y se incremente para el grado II el 70% del salario mínimo señalando sucesivamente los distintos porcentajes de las interescalas según el tipo de personal, grado y nivel, asimismo el ajuste de las escalas salariales no se corresponde con el incremento del salario mínimo, publicado en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.691 del 15/03/22. 
 
Los beneficios de prima de actividad universitaria, familiar, por hijos, de profesionalización (TSU, Profesional, Especialistas, Maestría y Doctorado) convenidos en la IV CCU por porcentajes, se alteraron de manera unilateral e ilegal al establecer un monto fijo o disminuirlo considerablemente. 
 
El instructivo denominado “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Publica, Convenciones Colectiva, Tablas Especiales y Empresas estratégicas” configura una transgresión de los derechos humanos fundamentales, y vulnera la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales. 
 
Esta Asociación exige respeto a los derechos laborales y salariales del personal universitario y solicita se suspenda la aplicación del instructivo para el ajuste del incremento salarial, por ser un mecanismo que atenta contra la educación superior, la calidad, libertad de pensamiento y la generación del conocimiento. 
 
Caracas, a los 23 días del mes de marzo de 2022 
 
Rectores (as) que suscriben por AVERU 
 
CECILIA GARCÍA-AROCHA MÁRQUEZ, UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA 
 
MARIO BONUCCI ROSSINI, UNIVERSIDAD DE LOS ANDES 
 
JESSY DIVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE CARABOBO 
 
MILENA BRAVO DE ROMERO, UNIVERSIDAD DE ORIENTE 
 
JUDITH AULAR DE DURÁN, UNIVERSIDAD DEL ZULIA 
 
FRANCISCO JOSÉ VIRTUOSO ARRIETA, UNIVERSIDAD CATÓLICA 
 
ANDRÉS BELLO RAÚL LOPEZ SAYAGO, UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR 
 
RITA ELENA AÑEZ, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE 
 
EDGAR ALVARADO UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO 
 
ANTONIETA ROSALES DE OXFORD, UNIVERSIDAD DE MARGARITA 
 
JUAN PEDRO PEREIRA MEDINA, UNIVERIDAD YACAMBU 
 
RAUL CASANOVA OSTOS, UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA