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viernes, febrero 14, 2025

El próximo miércoles 31 vence plazo para que funcionarios de alto nivel actualicen la DPJ

Hasta el próximo miércoles 31 

Hasta el próximo miércoles 31, los funcionarios que ejercen cargos de alto nivel o de confianza en los órganos y entes del Poder Público nacional, tienen oportunidad para efectuar la actualización de la Declaración Jurada de Patrimonio (DJP).

Así lo dio a conocer Javier Esteva, contralor provisional del estado Mérida, por lo que hace un llamado a los altos funcionarios que aún no han presentado la actualización, que hasta el próximo miércoles 31 de julio, es el lapso estipulado por la Contraloría General de la República (CGR), para actualizar la DJP, en formato electrónico, de conformidad con la Resolución N° 01-00-000055 de fecha 17 de abril de 2013, publicada en la Gaceta Oficial N° 40.153 del 24 de abril del mismo año.

Este proceso –que surgió desde el 2009- se debe efectuar en formato electrónico ingresando  al sistema para la Declaración Jurada de Patrimonio, disponible en la página web de la Contraloría General de la República, www.cgr.gob.ve, acotó Esteva.

La normativa –dijo- establece que deben cumplir con este trámite las máximas autoridades que ejercen la dirección o gestión de los órganos y entes del sector público, los funcionarios que ejercen cargos de alto nivel o de confianza, así como aquellos que en atención a la naturaleza de sus funciones o a las actividades que realizan dentro de tales entidades, se vinculan con la administración, manejo o custodia del patrimonio público.

Los artículos 1 y 2 de la Resolución se especifican quiénes deben cumplir con esta obligación, entre ellos, el Presidente y vicepresidente de la República; diputados principales de la Asamblea Nacional; magistrados del TSJ; junta directiva del CNE; Fiscal General de la República y fiscales del Ministerio Público en sus diferentes categorías, Defensor del Pueblo; Contralor General, Subcontralor, contralores estadales, distritales y municipales; Contralor General de la FANB; Fiscal General Militar; Procurador General de la República; ministros y viceministros; embajadores y cónsules; registradores y notarios; junta directiva del BCV, rectores de universidades públicas; y gobernadores de estado.

A nivel estadal deben declarar los funcionarios que ocupen cargos de: Gobernador, Secretarios de Gobierno y Directores del tren ejecutivo, Legisladores del Consejo Legislativo, Procurador del estado y directores generales, Juez Rector, Presidente del Circuito Judicial penal del estado, Junta Directiva del CNE, Defensor del Pueblo y Director Ejecutivo de la Defensoría del Pueblo, Alcaldes y directores, Concejales, Contralor del estado, Contralores municipales y directores generales, así como Síndicos Procuradores, Rectores, Vicerrectores y Secretarios de Universidades Públicas, Registradores y Notarios, junta directiva de institutos autónomos, corporaciones y fundaciones del estado.

La  Contraloría del estado dispone de un grupo de funcionarios capacitados para orientar y brindar apoyo a los funcionarios de altos cargos que deben efectuar su DJP, por lo que las personas deben llevar toda la información patrimonial (activos y pasivos), incluyendo los bienes y obligaciones de su grupo familiar  a fin de agilizar el trámite.

Finalmente, recordó que quienes incumplan con esta disposición serán sancionados de acuerdo con lo establecido en la Ley Contra la Corrupción, ya que el no cumplimiento de la misma  puede acarrear multa de 50 hasta 500 unidades tributarias de conformidad con el artículo 33 numeral 3 de la ley Contra la Corrupción. (Prensa CEM/BR)

 

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