La nulidad de la acusación del Ministerio Público hacia los estudiantes de la Universidad de Los Andes Michel Labrador y Jhoan Lobo se realizó en la audiencia preliminar celebrada este jueves.
El coordinador del Foro Penal Venezolano capítulo Méria Fernando Cermeño informó que el Tribunal otorgó Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad de Fiadores
Recalcó Cermeño que el equipo del Foro Penal se encuentra consignando todos los recaudos de los fiadores, por lo que se espera que en los próximos días serán excarcelados.
Los estudiantes se encontraban privados de su libertad desde el pasado 6 de marzo, luego de emitir declaraciones en un medio de comunicación local en relación con la crisis del transporte en la entidad.
El 5 de Marzo de este año fueron detenidos de manera arbitraria los estudiantes de Derecho de la ULA *Michel Labrador* y *Jhoan Lobo* a pocos minutos de haber salido de un programa de televisión a donde habían acudido para pedirle al gobierno solución al problema del paro de transporte que aquejaba a los universitarios y a la ciudad en aquel momento.
La Audiencia de Presentación de los estudiantes presuntamente aprehendidos en situación de llagrancia se realiza el 8 de marzo 2018 y en ella quedaron Privados de libertad recluidos en el Sebin por decisión del Tribunal de Control y a solicitud del Ministerio Público quien los imputó por el delito contenido en el Articulo 20 de la ley contra el odio.
En fecha 24 de Mayo se realiza la Audiencia Preliminar de estos Dos jóvenes estudiantes.
La Fiscalia del Ministerio Público presentó Acusación por los delitos de Porte ilícito de arma de fuego tipificado en el Código Penal y por el delito previsto y sancionado en el Artículo 20 de la ley contra el odio.
Luego de su exposición el Ministerio Público solicitó :
1. Que se admitiera la Acusación Fiscal y las pruebas promovidas en el escrito acusatorio .
2. Que se enjuicie a los acusados por la comisión de los delitos antes mencionados.
3. Que se mantuviera la Medida Privativa de Libertad contra los Dos estudiantes.
La Defensa Técnica del Foro Penal, dirigida en esta Causa por el Abogado Franki Márquez, expuso su oposición a la Acusación Fiscal, opuso una Excepción, presentó nulidades y pidió el Sobreseimiento de la Causa y la Libertad Plena de los muchachos pues son inocentes de haber cometido delito alguno, ya que manifestar no es un delito sino un derecho Constitucional.
Finalmente la Defensa del Foro Penal solicitó:
1. Que se declarara Con Lugar la excepción contenida en el Artículo 28, numeral 4to, del Código Orgánico Procesal Penal, opuesta en el escrito de excepciones y promoción de pruebas de la Defensa.
2. Que se Declarara la Nulidad del escrito acusatorio por carecer de los requisitos exigidos en el Código Orgánico Procesal Penal,
3. Que se Decretara el Sobreseimiento de la Causa por ausencia de la comisión de hecho punible alguno, y
4. Que se Decrete la Libertad Plena de los estudiantes por ser inocentes de lo que se les Acusa.
El Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del estado Mérida después de haber escuchado las partes, decidió:
1. Declarar la Nulidad Total de la Acusación Fiscal;
2. Ordenó la remisión de la Causa Penal a la Fiscalia segunda del Ministerio Público para que continue la investigación y dicte nuevo acto conclusivo.
3. Otorgar una Medida Cautelar Sustitutiva del Privativa de libertad, la contenida en el Artículo 242.8 del Código Orgánico Procesal Penal consistente en la presentación de dos fiadores por cada uno de los acusados;
4. Declaró sin lugar el sobreseimiento de la causa.
Al término de la Audiencia y escuchada la decisión la Defensa Técnica del Foro Penal consignó, bajo protesta, los recaudos de los fiadores, los que una vez verificados positivamente darán lugar a la Libertad Condicional de los jóvenes, quienes seguirán sometidos al Proceso Penal injusto que se les sigue pero en libertad.
En pocos días los jóvenes estudiantes podrán reunirse con sus familias después de más de Dos meses y medio encarcelados por manifestar su descontento frente al Gobierno.