En Consejo de Facultad realizado en la sede de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas,
la profesora Maira Duque, informó sobre las gestiones realizadas ante el Tribunal Supremo
de Justicia (TSJ) en rechazo a la decisión de la Medida Cautelar, de suspender elecciones en
la Universidad de Los Andes, programadas para el 30 de abril de este año.

En consecuencia, expuso la acción de la Sala Electoral del TSJ en el expediente AA70-E-
2023-000064 de acción de amparo constitucional de contenido electoral, contra el
reglamento transitorio electoral de la ULA, dictado el 30 de octubre de 2023. Donde el
accionante solicita.

1. Sea incorporado en forma definitiva al texto del Reglamento Electoral Transitorio a
los profesores jubilados de la Universidad de Los Andes, el derecho de elegir los
decanos de dicha Universidad y el derecho de ser, también, candidatos decanos.

2. Se ordene al Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes la no creación de
un Registro Electoral de egresados y que apruebe, en su sustitución, una disposición
mediante la cual se solicite a la Secretaria de la Universidad la nómina de sus
egresados, la cual pasará a formar parte del padrón electoral de los egresados.

Al respecto, La profesora Maira Duque detalló “por lo antes expuesto, el 20 de marzo de
2024 la Sala Electoral publica un extracto en la página Web del TSJ, de suspender las
elecciones universitarias. Sin embargo, fue necesario presentarse ante la Sala Electoral y
revisar el expediente para constatar la decisión”

Dijo, “Por pertenecer a uno de los sectores que integra el padrón electoral de la ULA y, por la
condición de candidata postulada al cargo de Secretaria de la ULA, se configura suficiente
fundamento para demostrar un interés jurídico actual de intervenir en dicho recurso contencioso electoral, según lo dispone el artículo 370 numeral 1° y 3° del Código de
Procedimiento Civil y artículo 26 de la Constitución Nacional”.

Asimismo, manifestó “es incongruente que la Sala Electoral decidiera suspender el proceso de las elecciones universitarias, cuando la supuesta afectación o violación, iba a corresponder solo al llamado de elección a Decano y Representantes del Consejo Universitario”.

De la misma manera, expresó “he solicitado la suspensión de la medida cautelar ante la Sala  Electoral, por no cumplir los requisitos del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil”.

Finalmente, la profesora Maira Duque hace una llamado a los fines de que el Consejo de
Facultad y la Universidad en general, discutan y realicen lo que en Derecho está llamado a
hacerse en amparo de la Institución, además expone que la defensa debe ejercerse ante los organismos competentes utilizando los medios y herramientas jurídicas pertinentes.

PRACTICANTE: CARMEN SANABRIA ECOS/ULA-MÉRIDA.

10-04-2024