Agenda Legislativa AN-2026

El periodo asambleario 2026 muestra una agenda bastante extraña y atípica a nivel de reestructuración del Estado, especialmente, con relación a la regulación del orden económico. Recientemente fue sancionada una Ley Orgánica de Hidrocarburos que desmontó el armazón regulatorio de los últimos 50 años, y que trajo consigo, todavía un sistema de control asambleario -aunque sumamente débil-, pero acompañado de una privatización operativa de los hidrocarburos y sus derivados en cada una de sus fases. La semana pasada fue sancionada la 2° ley de 2026: una rara Ley de Amnistía, que no cumple con las demandas globales de la ciudadanía, especialmente de una justicia ciudadana demandante de cambios sociales estructurales.

No obstante, si bien es cierto, que con motivo al vertiginoso cambio político causado por los acontecimientos del 03 de enero de 2026 se esperaba un cambio de carácter apresurado, de la cuidadosa lectura de la agenda legislativa puede entreverse, que esto no es exactamente así. Que es más de lo mismo, incluso con los mismos apelativos de tipo ideológico -por ejemplo, el Proyecto-Ley de Condecoración Aristóbulo Isturiz-, y que no cumple con los estándares mínimos de la regularización de la economía y las finanzas. ¡La agenda 2026 es un parapeto! Una táctica para ganar tiempo ante la actual coyuntura electoral de USA e internacional ante una total reordenación de los mercados mundiales.

En este sentido, la agenda legislativa 2026 con su lista de proyectos de ley no acaba siendo entendida como una reestructuración exhaustiva del orden socio-económico. Al contrario, la Ley del Sistema Económico Comunal, la Ley del Banco Comunal y Fondos de Ahorro Zamoranos, Ley de Telecomunicaciones, Ley de Propiedad Industrial, Ley del Comité de Exportación e Importación, la Ley del Sistema Eléctrico Nacional, la Ley de Minería, Ley Orgánica de Protección de los Derechos Socioeconómico, Ley de Minería, Ley de Derechos Socio-Económico, constituyen los únicos títulos legislativos con carácter económico. En otros casos, puede entenderse, que se persigue lo mismo con la entera renovación del sistema eléctrico nacional, pues el aparato productivo, entre ellos el petrolero, requiere de ostentosas cantidades de energía eléctrica.

Todavía más aun, la nueva Ley de Minería puede reactivar la industria del carbón, que puede generar también energía eléctrica. Por si fuera poco, la agenda pone la Ley de Uso Racional de la Energía y a la Ley Contra el Cambio Climático, que habría que esperar a ver junto con el Código Ecológico Ambiental como tutela ambivalentemente el medio ambiente con la productividad económica venezolana.

Por un lado, la Ley del Sistema Económico Comunal denota un claro modelo económico basado en las formas asociativas revolucionarias que poco contribuyeron en 26 años a la productividad nacional; por otro lado, la Ley del Banco Comunal y Fondos de Ahorro Zamoranos es una forma asociativa económica de poca envergadura para restaurar las grandes inversiones en Venezuela. De igual modo, dicha agenda legislativa 2026 incorpora la Ley de Telecomunicaciones que requiere con urgencia una pronta reforma, pues la actual del año 2000, representa un momento vetusto a nivel de las tecnologías de la información y la comunicación. Durante los últimos 26 años, los cambios en el sector han sido completamente abruptos a nivel de telefonía, internet, y otros más.

No está mal la idea de reformar el anterior sector económico fuertemente regulado (SEFR). Sin embargo, la agenda legislativa 2026 nada menciona acerca de los otros sectores económicos fuertemente regulados igualmente transcendentales como la banca y el sistema financiero, el sector asegurador y reasegurador, el comercio internacional (tal vez sea la Ley del Comité de Exportación e Importación como equivalente de una nueva ley de aduanas); o, a las Fintech, a la industria, a los medicamentos, las cajas de ahorro, los alimentos, el mercado de capitales, el mundo cripto; al mismo tiempo, nada dice acerca de la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario. También se planteó la necesidad de un nuevo Código de Comercio, pero con un nombre exótico: “Código Económico y de Comercio Productivo”; que puede sospecharse que desarrolle a los anteriores sectores, junto con el comercio marítimo, el registro naval y los procesos marítimos.

Igualmente, las contrataciones públicas (2009) no van a ser objeto de una reforma. Tampoco la ley del régimen de las concesiones (2001), o a las inversiones extranjeras (1999), que, durante 26 años la antigua SIEX fue sustituida por diferentes organismos administrativos. Además, que la Ley anti-bloqueo no aparece con la intención de ser suprimida del sistema jurídico, a pesar de que prominentes juristas como A. Brewer-Carías han recomendado su supresión en aras del rescate de la institucionalidad y la gobernanza democrática. Inclusive, se observa que fue agendada una nueva ley de propiedad industrial –la actual es de 1955– que debió agendarse en conjunto con la ley de derechos de autor –actualmente del año 1992– en vista de la enorme conexidad que tienen las dos materias en el mundo jurídico, y especialmente económico a nivel de la ciencia, la tecnología e innovación –que también es una ley, y requiere de reforma-.

Otros casos de importancia pueden ser la Ley de Pescahoy Ley de Pesca y Acuacultura (2002): el proyecto es más reducido según el título-. Otros expertos han explicado que es preciso un aumento del salario mínimo. No obstante, otros expertos responden, que es necesaria una reforma de la Ley Orgánica del Trabajo (2013), pues un aumento del salario mínimo sin reforma integral de la LOTTT, es completamente inviable.

Finalmente, resulta llamativo la Ley de Inteligencia Artificial, porque en la actualidad, la IA es un instrumento que sirve de engranaje para conectar, armonizar, y poner en funcionamiento a modo de sistema la realidad circundante del ser humano. Hoy en día, la IA articulará a cada sector económico productivo en el primer mundo. Y si Venezuela quiere insertarse en el sendero del desarrollo, sería bueno contar con una ley que regule de manera clarividente a esta fundamental herramienta de trabajo. Es una ley clave para gestionar de manera brillante todos los sectores de la vida social del hombre, incluso la economía.

Jean-Denis Rosales Gutiérrez

PhD en Ciencias Jurídicas

Prof. ULA

15-03-2026