Apula introdujo recurso administrativo exigiendo restitución de beneficios y derechos laborales

Este jueves 2 de junio de 2022, dando cumplimiento a la unánime decisión aprobada por la Junta Directiva de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV), en una acción conjunta nacional; se consignó por ante el Despacho Rectoral de cada Universidad, Recurso Administrativo contentivo de solicitud de la restitución de un conjunto de beneficios y derechos laborales, adquiridos por el Profesorado Universitario en el devenir de los años.
 
En la Universidad de Los Andes, dicho recurso fue consignado por el Profesor Oscar Eduardo Guerrero, Secretario de Asuntos Gremiales de la Asociación de Profesores de esta Universidad (APULA); en el cual se pide que:
 
1. La Universidad asuma plenamente su condición de empleadora de los miembros del personal docente y de investigación y ejerza efectivamente el carácter autonómico de la Institución.
 
2. La Universidad cumpla cabalmente con el pago de los salarios normales según tiempo de dedicación y categoría académica del profesor, establecidos en las tablas de origen contractual (CCI-CCU).
 
3. El salario normal, según tiempo de dedicación y categoría académica, se constituya en la base de cálculo para todos los beneficios sociales.
 
4. La Universidad restituya a la brevedad posible los aportes para el cuidado integral de la salud, el examen médico integral, medicinas, prótesis y los aportes federativos para la previsión social del profesor y su grupo familiar. Estos aportes presupuestarios deben ser enterados oportunamente a los Institutos de Previsión Social o sus equivalentes. 
 
5. Universidad garantice plenamente las condiciones de trabajo para que la actividad docente y de investigación se desarrolle en ambientes seguros y saludables.
 
6. La Universidad restituya, a la brevedad posible, los aportes federativos y profesorales que corresponden a sus Organizaciones gremiales y otros Organismos, como Cajas de Ahorro y Fondos de Jubilaciones y Pensiones, garantizando su entrega oportuna.
 
7. La Universidad ajuste periódicamente el monto de las jubilaciones y pensiones según el Índice de Precios al Consumidor (IPC), de manera que su valor sea constante, sin pérdida del poder adquisitivo.
 
8. La Universidad pague puntual, oportuna e integralmente las prestaciones sociales laborales al término de la relación laboral por cualquier causa, que el retraso en su pago genere intereses de mora e indexación salarial.
 
El ya mencionado Recurso, se introdujo por ante el Despacho Rectoral de la Universidad de Los Andes, en su carácter de Patrono y persigue, agotar la vía administrativa en el ejercicio y defensa de los principios de Progresividad e Intangibilidad de los Derechos Laborales de los Profesores Universitarios.
 
Nota de prensa 3-6-2022