La Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Mérida, en apego a lo consagrado en la Constitución Bolivariana de Venezuela, la Ley de Abogados y su Reglamento y el Código de Ética Profesional del Abogado, cumpliendo con su deber de enaltecer el Estado de Derecho y de Justicia, la defensa del ciudadano y del libre ejercicio de la profesión de abogado, expresa la siguientes consideraciones:
PRIMERO: El ejercicio de la profesión de abogado se traduce en el derecho que tienen todos los ciudadanos, conferidos del título de abogado, de prestar sus servicios profesionales a sus solicitantes, en cualquier estado y grado de la causa que les sea requerido de forma libre, independiente y apegado al Imperio de la Ley. En este sentido, la asistencia jurídica es un derecho constitucional, insertado en el debido proceso legal, del cual gozan todos los ciudadanos, garantía de una correcta Administración de Justicia.
SEGUNDO: Que los abogados están llamados por mandato constitucional, a ser parte
del Sistema de Justicia del país y que el libre ejercicio de la profesión de abogado, es
un derecho humano, que debe ser garantizado por el Estado venezolano.
TERCERO: Que a los ciudadanos de nuestra Nación, se les debe respetar y proteger los principios y garantías, establecidos en nuestra Carta Magna, como son el derecho a la defensa, el debido proceso, la presunción de inocencia, la tutela jurídica efectiva, en resguardo de los Derechos Humanos.
CUARTO: Que de acuerdo a nuestra Constitución Nacional, el poder autónomo e independiente del Consejo Nacional Electoral (CNE), debe pronunciarse de manera efectiva, en el cumplimiento de su deber, de mostrar las Actas electorales producto de las comicios presidenciales, realizados el pasado 28 de julio.
ACORDAMOS
PRIMERO: Solicitar a los entes competentes de Administración de Justicia, a los organismos de Seguridad del Estado, a las Autoridades del Poder Ejecutivo, a los órganos del Poder Moral en especial a la Fiscalía del Ministerio Público y a la Defensoría del Pueblo, hacer respetar y cumplir la Constitución Bolivariana y las Leyes de la República, en resguardo y protección de los ciudadanos de nuestro país, especialmente a los detenidos después de las elecciones del citado 28 de julio, ya que es un principio y una garantía constitucional el derecho de ese privado de libertad, a nombrar su abogado de carácter privado y de confianza para su defensa. Igualmente esos entes públicos, no deben permitir detenciones arbitrarias y buscar los correctivos para sancionar a esos funcionarios que actúan fuera de la Ley.
SEGUNDO: Solicitar al CNE muestre a los venezolanos las Actas de Escrutinio y Totalizacion, validadas por ese ente comicial el mismo día de las elecciones y por los miembros de mesa, testigos y el respectivo QR, con datos desglosados por cada mesa de votación, correspondiente a las elecciones del 28 de julio pasado, ya que al no hacerlo deja un vacío de poder y de publicidad, principios constitucionales propios de los gobiernos democráticos que garantizan la pulcritud, la equidad y la justicia.
TERCERO: Nuestro total respaldo y solidaridad a la Presidente del Colegio de Abogados, delegación el Vigía, Dra. Nilda Mora, al haberla sometido al escarnio público, en las redes sociales, al mencionarla en un vídeo como «Guarimbera». Todos conocemos a la Dra. Nilda Mora, profesional decente, respetuosa de la Constitución y las Leyes de la República y de la ética y la moral en nuestro estado Mérida. Así lo expresamos, hoy tres (03) de agosto de dos mil veinticuatro (2024),
DR. JORGE PÉREZ
Presidente
DR. FREDDY MACHADO
Tesorero
DRA. MARÍA ALBARRÁN Secretaria