El fracaso de los programas de alimentación que olvidaron su propósito, garantizar el derecho a la comida

Por: Angélica Villamizar…

Pocos temas resultan tan controvertidos como los programas de alimentación implementados por el Estado en contextos de crisis. Para comprenderlos a cabalidad, resulta indispensable situarlos en su contexto histórico y analizar las circunstancias políticas que rodean su surgimiento.

Con frecuencia, estos programas no responden a una planificación técnica diseñada para atender la desnutrición o la escasez, problemas reales que afectan gravemente a la población, sino que emergen como estrategias para recuperar control territorial o electoral. Cuando esto ocurre, la comida se convierte en un mecanismo de cooptación: son actores políticos locales quienes deciden quién recibe los alimentos y quién no, condicionando el acceso a un bien básico a cambio de lealtad política.

Esta instrumentalización de la necesidad humana representa una de las aristas más preocupantes en el diseño de políticas sociales. Cuando la satisfacción del derecho a la alimentación depende de la militancia o del voto, se desvirtúa por completo la naturaleza de un programa social y se transgrede el principio más elemental de no discriminación.

A esto se suma, en muchos casos, la opacidad absoluta en la gestión: ausencia de datos públicos sobre ejecución financiera, falta de indicadores de impacto social y nulos mecanismos de rendición de cuentas. Este secretismo crea un ambiente propicio para el enriquecimiento ilícito de funcionarios y contratistas, desviando recursos que deberían destinarse a la población vulnerable.

La crítica más profunda que puede formularse a ciertos programas alimentarios es la ausencia de un enfoque de derechos humanos en su diseño y ejecución. Una política alimentaria con este enfoque debería, como mínimo, cumplir con los siguientes elementos: Criterios claros de entrada y salida, que permitan focalizar los recursos en quienes realmente los necesitan; Participación ciudadana real en el diseño, implementación y evaluación del programa; Transparencia y rendición de cuentas sobre el uso de los recursos públicos; Base técnica y científica, con nutricionistas definiendo el contenido alimentario y personal de salud evaluando el impacto en indicadores como la desnutrición infantil; Indicadores físicos de gestión que permitan responder preguntas fundamentales: ¿qué porcentaje de la población vulnerable se está cubriendo? o ¿en qué medida se ha reducido la desnutrición? por ejemplo. 

Cuando un programa carece de estos elementos, el verdadero objetivo deja de ser resolver el problema alimentario y se convierte en mantener un mecanismo de control social y clientelar. La crisis económica terminal que suele acompañar estos procesos termina por desnudar la inviabilidad de un modelo que sacrifica el desarrollo institucional y la eficacia en la gestión en aras del control político inmediato.

La experiencia acumulada en distintas latitudes constituye una advertencia sobre los peligros de instrumentalizar las necesidades básicas de la población con fines políticos. Cuando la comida se convierte en moneda de cambio electoral, cuando la opacidad y la corrupción reemplazan a la planificación técnica, cuando se margina a los expertos y se desprecia la participación ciudadana, el resultado no puede ser otro que el fracaso en la garantía de los derechos humanos.

Surgen entonces preguntas incómodas pero necesarias: ¿cuántas vidas se podrían haber salvado si los recursos destinados a estos programas se hubieran gestionado con transparencia y criterios técnicos? ¿cuánta desnutrición infantil se podría haber evitado con una focalización adecuada en los sectores más vulnerables?

La respuesta a estas interrogantes, lamentablemente, permanece oculta cuando la opacidad caracteriza a estas políticas. Lo que resulta indiscutible es que ningún programa social puede ser verdaderamente efectivo si no respeta los principios fundamentales de transparencia, participación y no discriminación. La comida no debe ser nunca un instrumento de control, sino un derecho que el Estado tiene la obligación de garantizar con eficiencia, equidad y dignidad.

05-03-2026 (166-2026)

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