El Gobierno transfirió la operación y las rentas en divisas de empresas expropiadas a contratistas privados sin licitación pública. El Estado absorbe los costos en bolívares mientras operadores particulares administran las ganancias.

En las aduanas, los puertos y las plantas industriales del país opera una división del trabajo: el sector público asume los gastos operativos en moneda nacional devaluada y un contratista recauda los dividendos en moneda extranjera. La infraestructura mantiene el membrete y el sello del Ejecutivo, pero la caja registradora pertenece a una sociedad anónima que además la maneja. Es una privatización de facto y a traspuertas, sin licitaciones públicas, subastas internacionales ni venta formal de acciones corporativas.

El Gobierno denominó el esquema «alianzas estratégicas» y despojó de contenido el concepto universal de las asociaciones público-privadas. No existe riesgo compartido ni un marco regulatorio riguroso, y tampoco escrutinio público sobre el cobro de las tarifas. El Estado aporta el activo físico —silos agroindustriales, pozos petroleros, redes de fibra óptica y plantas confiscadas— y el operador asume el usufructo exclusivo, recibe el monopolio comercial y opera en instalaciones públicas, sin la obligación de comprar la compañía, sin asumir pasivos laborales y exento de tributos.

No se trató de una apertura al libre mercado. Cuando colapsó Petróleos de Venezuela, S. A. (Pdvsa), el Poder Ejecutivo reactivó sectores paralizados sin abrir concursos transparentes ni auditorías sobre la gestión previa. En la práctica actuó como un franquiciador que delegó el patrimonio público en intermediarios seleccionados por afinidad para movilizar fondos fuera de control.

En octubre de 2020, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Constitucional Antibloqueo para el Desarrollo Nacional y la Garantía de los Derechos Humanos, conocida como Ley Antibloqueo, que suspendió los controles internos. Mediante la figura de la «desaplicación», la norma facultó a la presidencia para dejar sin efecto la Ley de Contrataciones Públicas, los controles fiscales y las regulaciones ambientales frente a determinados contratistas.

Los expedientes, la identidad de los adjudicatarios y los márgenes de ganancia quedaron amparados bajo secreto de Estado, lo que anuló la fiscalización judicial. Sin contratos publicados en la Gaceta Oficial ni actos administrativos verificables, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) quedó inhabilitado para admitir recursos de nulidad por inconstitucionalidad. En paralelo, la normativa fijó penas de prisión para funcionarios, diputados o periodistas que difundan las condiciones de las negociaciones.

La confidencialidad bloqueó asimismo el sistema registral. El Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) cerró el acceso público a las actas constitutivas de las compañías beneficiarias, los documentos de traspaso de activos y los nombres de sus juntas directivas, convirtiendo las notarías en custodias de archivos clasificados.

En los archivos públicos no figura ninguna venta legal ni acta de transferencia formal de propiedad. La estructura del modelo descansa en la precariedad jurídica: el Gobierno retiene la fachada y la titularidad en los mapas oficiales, pero entrega las maquinarias y los beneficios a compañías privadas. El Estado asume las cargas salariales de los trabajadores que custodian galpones deteriorados, paga la electricidad, sostiene los pasivos y financia las reparaciones. El operador particular fija precios en moneda extranjera y retira el capital.

El blindaje jurídico modificó además el circuito monetario. Bajo la Ley Antibloqueo, los administradores de plantas, silos y pozos fueron dispensados de canalizar sus ingresos en divisas por medio del Banco Central de Venezuela (BCV). Las operaciones se liquidan mediante intermediarios financieros internacionales y cuentas en jurisdicciones opacas. La Tesorería Nacional no contabiliza las recaudaciones brutas; la República solo percibe cuotas marginales en producto, mientras el capital se transfiere al exterior.

Las primeras transferencias no involucraron los campos petroleros de la faja del Orinoco ni las empresas de Guayana, sino la cadena agroindustrial: silos, factorías procesadoras y marcas de consumo masivo.

https://www.elnacional.com/investigacion/2026/10/obierno-entrega-gestion-empresas-publicas-privados-ley-antibloqueo-2026/

07-10-2026