En la sede de la Fundación Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Personal Docente y de Investigación de la Universidad de Los Andes (FONPRULA) ubicada en el tercer nivel del CC Las Tapias se procedió a las 11 de la mañana de hoy, viernes 28 de mayo, a la firma del contrato de Servicios Funerarios suscrito entre Fonprula, Caprof, Apula-IPP y Servicios Especiales La Paz C.A y la compañía  Servicios Especiales La Paz C.A. que amparará a 4.201 profesores y su grupo familiar.

Este acto es de una trascendencia fundamental debido a la indefensión en que se encuentra la comunidad profesoral de la Universidad de Los Andes ante la destrucción metódica y sistemática a la que ha sido sometido por el Gobierno Nacional el sistema de seguridad social que, por ley, lo debe cobijar.

De tal manera que el contrato hoy firmado, producto del esfuerzo mancomunado de  FONPRULA, CAPROF e IPP-ULA, cuyo costo asume íntegramente FONPRULA utilizando recursos remanentes de su capital, disponibles, y de cuya operatividad se encargará CAPROF  e IPP-ULA, será por el período comprendido entre el 01-06 y 31-12-2021 y cubrirá los servicios funerarios en los estados Táchira, Mérida, Trujillo y Barinas.

Es de resaltar que el grupo familiar al que se hace referencia en el referido contrato está integrado por: padre y madre del afiliado (sin límite de edad), cónyuge o concubino (a) (sin límite de edad), e hijos del afiliado  (sin límite de cantidad ni de edad). Los padres fallecidos pueden ser sustituidos por otros familiares consanguíneos, menores de 70 años (por ejemplo: hermanos, sobrinos, nietos, primos, tíos) siempre y cuando hayan sido declarados previamente por el afiliado.

Los Servicios que incluye la contratación con Servicios Especiales  La Paz C.A., son los siguientes:

  • Servicio funerario en los estados Táchira, Mérida, Trujillo y Barinas.
  • Dotación de un ataúd básico (madera pulida)
  • Asesoramiento a familiares para diligencias de ley
  • Traslado en carroza hasta el lugar del velatorio
  • Preparación y arreglo del fallecido, para 24 horas
  • Servicio velación en capilla o a domicilio, por 24 horas
  • Carroza fúnebre para sepelio
  • Gastos de inhumación en cementerio, hasta Bs. 50.MM (No incluye parcela)
  • Servicio de cremación (Táchira y Mérida). En Trujillo y Barinas, por ausencia de crematorios, se reconocerá Bs 200 MM, a presentación de factura autorizada por La Paz.
  • En caso de fallecido amparado por más de un titular, se autoriza el servicio para uno, el otro recibirá un reintegro por no utilización del servicio.
  • En caso de muerte accidental del titular, habrá reembolso de 200 MM, previo Informe del Organismo competente sobre la muerte accidental.
  • Si no hubiere utilización de los servicios, por alguna razón, habrá reembolso de Bs.150 MM, previa presentación del Acta de Defunción, dentro de 90 días de la defunción, y 60 días continuos para el reembolso.
  • En caso de accidente del titular, con invalidez total y permanente, debidamente certificada, habrá compensación de Bs. 200 MM

Se trabaja con premura para contar para el día miércoles 2 de junio con un módulo de consulta vía web verificación de afiliación.

Nota de prensa 28-05-2021