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miércoles, junio 3, 2026

Fondo Municipal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes invita a empresarios merideños a aprovechar los beneficios de la LOPNNA

El Licenciado Danny Ramírez, Administrador del Fondo Municipal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador del Estado Mérida, hace una Invitación a los empresarios Merideños a beneficiarse del artículo 344 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) el cual establece:

“Articulo 344

Deducción ante el impuesto sobre la renta.

Las personas naturales o jurídicas que efectúen liberalidades o donaciones a favor de los Proyectos o las entidades de atención a que se refiere esta Ley, tienen derecho a deducir el monto de las mismas en el doble de los porcentajes contemplados en los Parágrafos Decimosegundo y Decimotercero del Artículo 27 de la Ley de Impuesto sobre la Renta.

Cuando la liberalidad o donación se efectúe a favor de los Fondos de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la deducción será del triple de dichos porcentajes.”

 Con este artículo la ley faculta a los empresarios a brindar donaciones para el financiamiento de los proyectos y programas que se ejecutan a través del Fondo Municipal de Protección, estos programas establecidos en el marco del artículo 334 de la LOPNNA son los siguientes:

.- Promoción y Difusión de la LOPPNA

.- Protección Jurídica:

.- Protección Ambiental

.- Apoyo a Entidades de Atención

.- Políticas excepcionales Básicas

De la misma manera pueden dirigirse al Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador y consultar cuáles son las entidades de atención inscritas en esta dependencia para promocionar y defender los derechos de los niños, niñas y adolescentes si su intención es realizar alguna donación directamente a las entidades de atención.

Con estas donaciones todos los empresarios pueden beneficiarse aplicando el Artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta en el parágrafo décimo tercero donde se establecen los porcentajes a deducir , con el beneficio como lo explica la LOPNNA el doble o triple según donde se realice la donación.

Los beneficiarios de estas donaciones ya sean directamente efectuadas al fondo Municipal o a las entidades de atención son todos los niños, niñas y adolescentes del Municipio Libertador en sus comunidades con la aplicación de los programas o los niños, niñas y adolescentes que están por medidas de protección en las entidades de atención. Si existen dudas en la sede del fondo municipal en la Av. Domingo Peña, Quinta Irmita casa 6-28, sector Paseo de Las Ferias, estamos prestos para brindarle las asesorías pertinentes y explicarles la aplicación de los programas.

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