Justicia Socialista

Por: Germán Rodríguez Bustamante…

La destrucción gestada por esta banda de delincuentes ha arropado toda la estructura pública, no hay segmento, organismo e institución protegida del enjambre revolucionario. El sistema de justicia no escapó al tsunami. El engaño montado por el régimen en la llamada gran misión justicia socialista, conciben la justicia como un eje trasversal de la política pública de seguridad, que comprende la alianza entre los poderes Ejecutivo, Judicial y Ciudadano. En la práctica la administración de justicia en Venezuela está cada vez está más al servicio del ejecutivo y, sobre todo, de una ideología política: la del partido de gobierno, lo que no es de extrañar, siendo que muchos de los jueces están inscritos en él, aunque esté prohibido por la Constitución (artículo 256).

La cuarentena profundizo las injusticias en el país, el TSJ emite una resolución que indica que todos los lapsos procesales están suspendidos y ello incluiría el lapso de 45 días, contados a partir de que se decreta la detención judicial preventiva de una persona, a efectos de llevar a cabo la investigación fiscal. Personas recluidas en centros de detención sin condiciones mínimas de bioseguridad, para evitar el contagio del COVID-19. A esto se suma la dificultad de movilización por la escasez de combustible y la operativa de los tribunales por deficientes servicios de electricidad y comunicaciones. En definitiva, los detenidos en una total indefensión, ya que no hay forma ni manera para que las diligencias de investigación se puedan realizar.

A pesar que la resolución del TSJ establece la figura del amparo, como obligación estatal de garantizar el cabal ejercicio de la acción, para resguardar o restituir derechos y garantías constitucionales, que pudieran ser vulnerados en la situación de emergencia causada por la pandemia. En la realidad la figura es manejada de forma discrecional incumpliendo los lapsos. El retraso procesal era una realidad del sistema de justicia, derivado de la pandemia se acentuado mucho más. El debido proceso es un derecho previsto en la Carta Magna, en el artículo 26 que señala:“Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, autónoma, transparente, independiente, responsable, equitativa y expedita”. El señalamiento de justicia gratuita genera mínimo carcajadas, quien por desgracia sea detenido sea culpable o inocente debe sortear alcabalas mercantiles, para poder tener derecho a acceder a los órganos de administración de justicia.

En el contexto de empobrecimiento de toda la población, y la condición particular que presentan los funcionarios públicos, con salarios de hambre que no alcanzan para sobrevivir al genocidio. Las tarifas establecidas en los eslabones de la cadena de administración de justicia, se han convertido en una práctica rutinaria. El simple hecho de hacer circular una actuación o diligencia entre las unidades de un mismo tribunal tiene un coste, de no aceptar el encargo la actuación puede enmohecerse en las gavetas. La situación de confinamiento escalonado, incorpora incentivos perversos que llevan a los familiares a la desesperación para lograr la liberación de sus impotentes y desamparados recluidos. Esta situación constituye una violación a los derechos humanos de los familiares, y una forma de maltrato institucional. 

La reciente declaración de la fiscal de la CPI, en la cual informo a la delegación venezolana que existía una base razonable para creer que en Venezuela se había cometidos crímenes que competen a la corte. La Fiscalía solicitó información sobre las actuaciones nacionales correspondientes y su conformidad con los requisitos del Estatuto de Roma, el documento fundacional de la CPI. Si bien en cierto que el pronunciamiento de la CPI, se fundamenta en denuncias formuladas que llevaron a un examen en trámite desde el 2.018, sobre la actuación de los cuerpos de surgida en las protestas del 2.014 y 2.017 fundamentalmente, lo que ocurre con la administración de justicia en Venezuela en este momento, violenta los derechos humanos de los detenidos y sus familiares.

En el acto de inicio del año judicial 2.020, Maduro dijo que ya no es suficiente la lucha contra la vieja corrupción judicial, también es necesario acabar con los nuevos actos de corrupción, impericia jurídica, mediocridad e ineficiencia y, en lo fundamental, sacar a esos jueces que negocian la justicia. Son muchos. Ellos no creen en la ley y hacen desastres en nombre de la ley. Son los que hoy dolarizan la función de los tribunales, no creen en revolución y sentencian con justicia tarifada. El axioma jurídico “a confesión de partes, relevo de pruebas”, explica de forma clara la confesión de Maduro, lo que deriva en la verdad: de una justicia corrompida.

En este momento padecemos de una justicia desastrosa que sacude el descrédito de todo un sistema, representada por personajes que se adueñaron del sistema, empotrados en tribunales y fiscalías sin talento y ni probidad.  Debemos retomar los elementos conceptuales del término de justicia señalada por Aristóteles, tener la sabiduría para discernir entre el bien y el mal, es decir el hombre que conoce el bien es justo y el hombre que conoce el mal es injusto. No podemos consentir tanto mal infringido por quienes administran la justicia en el país en este momento.    

gguillermorb@yahoo.com