Por: Eleazar Ontiveros Paolini…
Por su importancia en un estado de derecho, los venezolanos concentran su atención en las actuaciones del Tribunal Supremo de Justicia, el cual se espera conformado por magistrados de la mayor idoneidad y neutralidad política, dadas las determinantes responsabilidades que lo caracterizan. Es un Tribunal por ser el lugar donde los jueces se reúnen para administrar justicia y dictar sentencias; es Supremo porque tiene el grado más alto y no es posible un grado superior; y es de Justicia ya que en él sólo pueden o deben darse decisiones apegadas a la ley y con sentido moral, y porque debe juzgar con base a la verdad, dándole a cada uno lo que le corresponde.
Por tales razones, al TSJ es a quien menos se le puede permitir que sus decisiones sean orientadas políticamente y por ende carentes de neutralidad, pues ello implica el derrumbe del andamiaje que palanca la justicia en el país. Se quiere decir que debe actuar con plena autonomía, como base sustancial de la democracia, para que no sea permeable a desviaciones resultantes de actuaciones condicionadas servilmente.
Una de las características de lo hegemónico, es soslayar la formación requerida para cargos de importancia en la administración pública. La carencia de la preparación demandada hace de cada cargo una dádiva y por lo tanto el receptor de la misma estará dispuesto a la obediencia y no tendrá, como sucede con quien tenga una preparación adecuada, capacidad de generar nuevas proposiciones ni la tentación de generar cambios, quedándose estático en lo que se le ordena.
El nombramiento de magistrados el 7 de diciembre al saberse la derrota electoral, fue cuadrado por los jefes rojitos, sin importar procedimientos y requerimientos para asegurarse la posibilidad de rechazar lo que aprobara la Asamblea y no le conviniera al Gobierno. Si la oposición miente, al Gobierno le debe resultar fácil demostrar que los nuevos magistrados fueron designados con apego estricto a lo establecido y que en sus credenciales figura un ejercicio sobresaliente durante 15 años y poseen un título de Maestría Jurídica reconocido obtenido en universidad calificada y no en instituciones piratas, o haber sido profesor universitario con la categoría de Titular por lo menos durante 15 años, o ser o haber sido juez superior titular en la especialidad correspondiente a la sala para la cual se postula. La actitud debe ser contundente, hay que decidir, con la necesaria y contundente demostración, la nulidad de esos nombramientos y llamar de nuevo al proceso de escogencia.