La promulgación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en 1999, trajo consigo significativos avances. Entre los más trascendentes, se encuentra el derecho a las personas con discapacidad o necesidades especiales al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a  su integración familiar o comunitaria en igualdad de condiciones con los demás ciudadanos y ciudadanas, (artículo 81).

Este precepto constitucional, representó un hito en la legislación nacional. Por primera vez en más de doscientos años de historia Republicana, las personas con discapacidad gozarían de un amplio marco legal que resguarda y protege sus derechos, generando hacia esta parte de la población su inclusión y visibilización.

En el mismo orden de ideas, en el año 2007, entró en vigencia La Ley para las Personas con Discapacidad que regula los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, el disfrute de los derechos humanos y lograr la inclusión social. Desde luego, estas políticas de Estado han contribuido con el impulso de programas sociales orientados a mejorar su calidad de vida.

Con base en lo anterior, es menester señalar, la entrada en vigencia recientemente de La Ley para la Atención Integral a las Personas con Espectro Autista, y La Ley Especial para Trabajadores y Trabajadoras con Discapacidad, sitúa nuestro país a la vanguardia en latinoamérica y el mundo en cuanto a garantizarle el derecho a la participación comunitaria, a la educación y acceso a la comunicación e información a las personas con discapacidad.

 No obstante, estos progresos en materia jurídica no son del todo efectivo, por cuanto, falta sensibilización y conocimiento en algunos sectores de la población en general, situación que influye en una participación efectiva de las personas con discapacidad.

En consecuencia, se observa desidia gubernamental para brindarles a las personas con discapacidad atención, oportunidades, adaptación y prioridad, esto se puede palpar en la inadecuada infraestructura urbana, que imposibilitan que personas en sillas de ruedas o personas con discapacidad motriz puedan movilizarse con seguridad y tranquilidad debido a que hay pocas rampas y muchas escaleras, y, para colmo de males, las escasas rampas, en ocasiones se encuentran mal diseñadas, pues no se siguen las normas de construcción estándares.

En cuanto al trasporte público, no hay unidades que posean las debidas adaptaciones. De igual manera, el ciudadano común sin discapacidad no respeta en los espacios públicos los puestos que les corresponde por ley a las personas con discapacidad.        

Continuando con el tema, se puede observar que las personas con discapacidad en Venezuela siguen siendo víctimas de discriminación y estigmatización por parte de algunos ciudadanos y ciudadanas sin discapacidad, quienes en ocasiones los perciben como una carga, un estorbo, seres humanos sin importancia.

Como reflejo de ello podemos citar lo ocurrido en El tigre, estado Anzoátegui,  el pasado 04 de mayo  de 2023, donde por órdenes del Ministerio Público, el alcalde del municipio Simón Rodríguez, Ernesto Paraqueima, fue detenido y destituido de su cargo, tras haber incurrido en los delitos de promoción e incitación al odio. Esto luego, de sus comentarios ofensivos sobre las personas con Trastorno Espectro Autista.

Es lamentable percibir este tipo de actitudes por parte de algunos funcionarios  que ejercen el poder ejecutivo en el Estado venezolano. Sin ánimo de juzgar o condenar a nadie, acciones como las tomadas por el ex – burgomaestre de la entidad oriental, demuestran que a pesar de los innegables e importantes progresos hacia el reconocimiento, valor e inclusión de las personas con discapacidad, carecemos de humanidad para aceptarlo como prójimo, brindado el respeto que merece por su condición humana.         

Carlos Eduardo León Domínguez, pasante U.N.I.C.A.

09/05/2023