Concejal Golfredo Morett (VP) entregó acuerdo de solidaridad a los huelguistas en Mérida

Un acuerdo de solidaridad con los universitarios en huelga de hambre fue leído y entregado por el concejal Golfredo Morett en representación del Consejo de Derechos Humanos del municipio Libertador la mañana de este viernes en la plaza El Llano donde han cumplido 96 horas sin consumir alimentos, en solidaridad con los presos políticos.

Golfredo Morett, dió lectura e hizo entrega del acuerdo a los huelguistas y dirigentes estudiantiles que acompañan esta huelga de hambre, donde manifestó además que el mismo sería entregado a los cuerpos de seguridad del estado y autoridades competentes a fin garantizar la seguridad de los universitarios y su derecho a la protesta. JQ

ACUERDO Nº 02 DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2015

Republica Bolivariana de Venezuela.
Municipio Libertador.
Estado Mérida.

EL CONSEJO MUNICIPAL DE
DERECHOS HUMANOS
DEL MUNICIPIO LIBERTADOR
DEL ESTADO MÉRIDA

En uso de las facultades legales conferidas en el artículo 5 de la Ordenanza del Consejo Municipal de Derechos Humanos “CMDDHH” publicada en la Gaceta Oficial Municipal Extraordinaria No. 60 año I de fecha 10 de diciembre de 2014, dicta el siguiente:
ACUERDO Nº 02 DE FECHA 10 DE JUNIO DE 2015
CONSIDERANDO
Que el artículo 19 de la Constitución Nacional establece la responsabilidad del Estado de garantizar a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos; y que el artículo 23 otorga rango constitucional a los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, prevaleciendo en el orden interno.
CONSIDERANDO
Que el artículo 68 de la Constitución Nacional garantiza el derecho a la protesta por parte de los ciudadanos y ciudadanas, pacíficamente y sin armas; que el artículo 43 establece que el derecho a la vida es inviolable; y que el artículo 46 garantiza que ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
CONSIDERANDO
La grave situación de persecución política a la que están sometidos miles de venezolanos, quienes se encuentran en clandestinidad, exiliados, con procesos judiciales abiertos o privados de libertad, tan solo por el hecho de pensar distinto.
CONSIDERANDO
Que el Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria, del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, mediante resolución N| 26-2014 publicada el 23 de Septiembre de 2014, se pronunció con respecto a la detención del dirigente político Leopoldo López y del Alcalde destituido Daniel Ceballos, demandando al Estado Venezolano su inmediata liberación .
CONSIDERANDO
Que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó medidas cautelares en favor de los presos políticos Leopoldo López y Daniel Ceballos, entre otros. Así como diferentes naciones alrededor del mundo se han pronunciado al respecto de la grave situación de persecución política en Venezuela.
CONSIDERANDO
Que las huelgas de hambre son un método de protesta pacífica y de lucha no violenta, y su correcto proceder ese encuentra contemplado en el Estatuto de Malta de la Asociación Medica Mundial, y que dicho método de protesta, a lo largo de la historia de la humanidad han servido para lograr la libertad y diferentes reivindicaciones sociales y políticas de los pueblos.
CONSIDERANDO
Que a la presente fecha existen 70 venezolanos en huelga de hambre alrededor del mundo, la cual fue iniciada por los presos políticos Leopoldo López y Daniel Ceballos, exigiendo diferentes reivindicaciones y respeto a los derechos fundamentales.
CONSIDERANDO
Que de estas setenta (70) personas que están realizando huelga de hambre, seis (6) de ellos se encuentras en el Municipio Libertador del Estado Mérida, ejerciendo su legítimo derecho a la protesta, específicamente en las inmediaciones de la Plaza El Llano, pero que su vida y su seguridad se encuentran en grave peligro por la situación de persecución política mencionada con anterioridad.
ACUERDA
ARTÍCULO 1º: Manifestar públicamente el rechazo a la persecución política en el país y expresar su solidaridad con todos los ciudadanos en huelga de hambre, en especial con los que se encuentran en el Municipio Libertador del Estado Mérida.
ARTÍCULO 2º: Exhortar a los órganos de seguridad del Estado que garanticen la protección de las personas que se encuentran en huelga de hambre, así como a los entes con materia en salud pública que velen porque se garantice una atención médica óptima mientras se realice dicha protesta, no solo hacia estos seis (6) merideños, sino hacia todos los que se puedan sumar.
ARTÍCULO 3º: Hacer llegar copia del presente acuerdo, mediante visita del “CMDDHH”, a los huelguistas, ciudadanos:
Profesora LILIA GAINZA Br. ROXANA VALERO
Br. JOSÉ MONSALVE Br. MILITZABETH PÉREZ
Br. LUIS HERRERA Br. DANIEL RANGEL
Br. REIDER ZAMBRANO Br. LUISA OLIVAR
ARTÍCULO 4º: Publicar en Gaceta Oficial Municipal el presente acuerdo, según lo dispuesto en la Ordenanza del Consejo Municipal de Derechos Humanos “CMDDHH” del Municipio Libertador del Estado Mérida.
Dado, firmado, sellado y refrendado en el Salón de Sesiones del Ilustre Concejo Municipal Libertador del Estado Mérida, a los diez (10) días del mes de junio de dos mil quince (2015). Años: ducentésimo cuarto de la independencia, centésimo quincuagésimo quinto de la Federación.

CONSEJO DE DERECHOS HUMANOS DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA

CONCEJAL ABOG. GOLFREDO MORETT
PRESIDENTE

PLTGO. MARIA ESTEFANIA BEHRENDS
SECRETARIA EJECUTIVA

ABOG. HAZAEL MOLINA PLTGO. FREDDY MEJIA
MIEMBRO PRINCIPAL MIEMBRO PRINCIPAL

PLTGO. WALTER URQUIOLA
MIEMBRO PRINCIPAL

MIEMBROS DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL CMDDHH